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PRESIDENTE: LIC. VICTOR MANUEL GONZALEZ RUIZ ** VICEPRESIDENTE: LIC. ADOLFO SANTIAGO AZCARREGA ** SECRETARIO: LIC. MARIA ISABEL SOLANO RODRIGUEZ ** TESORERO: LIC. JOSE REYES DAVILA MARQUEZ

sábado, 30 de julio de 2011

Colegio de Abogados realizó toma de protesta

ROSARITO.- El Colegio de Abogados de Playas de Rosarito, A. C. realizó en días pasados su cambio de mesa directiva la cual tendrá su ejercicio administrativo 2011-2012, el pasado 19 de marzo de 2011, en el Centro de Convenciones del hotel Festival Plaza, ubicado en la zona centro de Playas de Rosarito, B. C. La protesta fue realizada por el Lic. Enrique Gómez Llanos, presidente de Federación Estatal de Abogados, además el presidium estuvo conformado por Lic. Ramón Donaciano Ruiz González, Lic. Rafael González Cervantes, Lic. Enrique Gómez Llanos, Lic. y Maestro Salvador Juan Ortiz Morales y C. P. Luis Luquin Canal, quienes se mostraron muy atentos a cada detalle, por otro lado el maestro de ceremonia fue el Lic. José Heing Chig Bazúa.
 
Es importante mencionar que la mesa directiva saliente estuvo integrada por: Lic. Medel Calderón Campos, presidente; Lic. Guadalupe Irene Benítez Velasco, vicepresidente; Lic. Enrique Díaz Martínez, secretario; Lic. Juventino Barriga Parra, tesorero. Y la directiva entrante: presidente, Lic. Adolfo Santiago Azcárrega; vicepresidente, Gildardo Rodríguez Espinoza; secretario, Lic. José Reyes Dávila Marquez; y tesorero, Rolando Zarzosa Gibert.
Un protocolo encantador en el cual los presentes pudieron disfrutar al máximo de la reunión; antes de finalizar la reunión los presentes se tomaron algunas fotografías para inmortalizar así un día tan especial.

 
La tradicional foto del recuerdo, con los invitados especiales y los abogados.

MOMENTO SOLEMNE en que el Lic. Enrique Gómez Llanos, presidente de la Federación Estatal de Abogados les brinda un mensaje y les toma la protesta de rigor. 


ABOGADOS: JOSÉ Luis Álvarez Jiménez, Sandra Luz Heredia Santa Olalla, Ana Maria Luquin Canal, Adolfo Santiago Azcárrega, José Heing Chig Bazúa, Enrique Díaz Martínez, Gildardo Rodríguez Espinoza, Manuel García Estrada, Rolando Zarzosa Gibert, Sergio Enrique López Bastida, Gabriel Francisco López Ruiz, José Luis Ibarra Arenas y Jaime Acosta Espinoza.



LIC. MEDEL Calderón Campos, Lic. Yazmín Hernández Mercado, Lic. Ana Rosa Flores Chaires, Lic. Jaime Flores Chávez, Lic. Nancy Berenice Barrios Gallardo y Lic. Daniel Roberto Bribiesca García.




 LIC.ADOLFO Santiago Azcárrega, presidente entrante; Lic. Enrique Gómez Llanos, presidente de la Federación Estatal de Abogados, y el Lic. Medel Calderón Campos.




LICENCIADOS: MAURICIO Martínez Miss, Luis Sergio Silvestre Meraz, Guadalupe Irene Benítez Velasco, Aíde Sánchez Vega, Juventino Barriga Parra, Enrique Díaz Martínez, Víctor Manuel González Ruiz, José Reyes Dávila Márquez y Carlos Oswaldo Minguela Barboza.




LIC. VIRIDIANA Castaldi, Lic. Edith Rodríguez Miyaki, Lic. Guadalupe Irene Benítez Velasco, Lic. Susana Altamirano Luquin, Lic. Ramón D. Ruiz González y Lic. Susana Labrada.





Esta nota fue corregida, tomada de la edicion impresa del diario el mexicano, de fecha 11 de Mayo de 2011.




 

jueves, 28 de julio de 2011

Litigación penal Juicio oral y prueba

Litigación penal Juicio oral y prueba

Capítulo I
Explicación panorámica del nuevo proceso penal y análisis de los principales aspectos
de la regulación normativa del juicio oral en Chile
INTRODUCCIÓN
1. ETAPAS DE DESARROLLO DEL NUEVO PROCESO PENAL CHILENO
1.1. LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN
1.2. LA ETAPA INTERMEDIA O DE PREPARACIÓN DEL JUICIO ORAL
1.3. EL JUICIO ORAL
2. REGULACIÓN DEL JUICIO ORAL
2.1. ACTORES NECESARIOS Y ACTORES EVENTUALES
2.2. INFORMACIÓN CON QUE CUENTAN LOS ACTORES AL INICIO DEL
JUICIO
2.3. INICIO DEL JUICIO ORAL
2.4. ALEGATOS DE APERTURA
2.5. PRUEBA EN EL JUICIO ORAL
A) TESTIGOS
B) PERITOS
C) OBJETOS, DOCUMENTOS Y OTROS MEDIOS
D) PRUEBA ADICIONAL ORDENADA POR EL TRIBUNAL
2.6. ALEGATOS FINALES
2.7. FACULTADES DEL TRIBUNAL PARA CONDUCIR EL DEBATE
2.8. PUBLICIDAD DEL JUICIO
2.9. REGISTRO DEL JUICIO
2.10. FALLO INMEDIATO Y SENTENCIA
Capítulo II Teoría del Caso
1. EL JUICIO: UNA CUESTIÓN ESTRATÉGICA
2. LA NARRACIÓN DE HISTORIAS EN JUICIO: PROPOSICIONES FÁCTICAS VS.
TEORÍAS JURÍDICAS
2.1. LA DISTANCIA ENTRE LA NARRACIÓN DE HECHOS Y LAS
CONCLUSIONES JURÍDICAS
2.2. PROPOSICIONES FÁCTICAS
2.3. PRUEBA
3. LA TEORÍA DEL CASO
4. EL ESCÁNER
CAPITULO III Exámen directo de testigos
INTRODUCIÓN
1. LA LÓGICA DE LA PRUEBA TESTIMONIAL EN EL NUEVO SISTEMA
PROCESSAL PENAL
2. OBJETIVOS DEL EXAMEN DIRECTO
2.1. SOLVENTAR LA CREDIBILIDAD DEL TESTIGO
2.2. ACREDITAR LAS PROPOSICIONES FÁCTICAS DE NUESTRA TEORÍA
DEL CASO
2.3. ACREDITAR E INTRODUCIR AL JUICIO PRUEBA MATERIAL
(OBJETOS Y DOCUMENTOS)
2.4. OBTENER INFORMACIÓN RELEVANTE PARA EL ANÁLISIS DE OTRA
PRUEBA
3. ESTRUCTURA BÁSICA DE UN EXAMEN DIRECTO
3.1. ACREDITACIÓN DEL TESTIGO
3.2. EL RELATO DE LOS HECHOS
4. CARACTERÍSTICAS DE UN EXAMEN DIRECTO EFECTIVO
4.1. CINE
4.2. DIETA
5. ASPECTOS DE PRODUCCIÓN DEL EXAMEN DIRECTO
5.1. ORGANIZACIÓN DEL EXAMEN DIRECTO
5.2. HERRAMIENTAS PARA EJECUTAR UN EXAMEN DIRECTO (TIPOS DE
PREGUNTAS)
6. LA PREPARACIÓN DEL TESTIGO
7. ALGUNAS RECOMENDACIONES SOBRE LA PRODUCCIÓN DEL TESTIMONIO
7.1. LENGUAJE COMÚN
7.2. DIRECTO AL PUNTO
7.3. ESCUCHAR AL TESTIGO
7.4. ADELANTAR DEBILIDADES Y EXPLICARLAS
7.5. NO LEA SU EXAMEN DIRECTO
7.6. USO DE APOYO GRÁFICO
Capítulo IV Contraexamen
1. CONTRAEXAMEN: DEBIDO PROCESO Y CONTRADICTORIEDAD
2. “¡YO ME ENCARGO DE DESTRUIR AL TONTO1”
3. CONTRAEXAMEN Y ALEGATO FINAL
4. LA PREGUNTA DE MÁS...
5. OBJETIVOS DEL CONTRAEXAMEN
5.1. DESACREDITAR AL TESTIGO
5.2. DESACREDITAR EL TESTIMONIO
5.3. ACREDITAR NUESTRAS PROPIAS PROPOSICIONES FÁCTICAS
5.4. ACREDITAR PRUEBA MATERIAL PROPIA
5.5. OBTENER INCONSISTENCIAS CON OTRAS PRUEBAS DE LA
CONTRAPARTE
6. ESTRUCTURA DEL CONTRAEXAMEN
7. PREGUNTAS
7.1. PREGUNTAS SUGESTIVAS DE UN SOLO PUNTO
7.2. PREGUNTAS ABIERTAS
8. OBJETIVO, LÍNEAS, PREGUNTAS Y ARGUMENTOS
9. FORMAS DE ENCARAR EL CONTRAEXAMEN
9.1.UTILIZAR LAS DECLARACIONES PREVIAS DEL TESTIGO
CONTRAEXAMINADO
9.2. UTILIZAR LAS DECLARACIONES DE UN TESTIGO MÁS CREÍBLE
9.3. ENTORNO DE CONDICIONES Y FALTA DE CREDIBILIDAD
9.4. LA UTILIZACIÓN DE NUESTRA PROPIA HISTORIA
9.5. IR “DE PESCA”
10. AMBITO DEL CONTRAEXAMEN
Capítulo V Límites a la posibilidad de examinar y contraexaminar a testigos y peritos
INTRODUCCIÓN
1. IDEAS FUERZA DETRÁS DE LOS LÍMITES A LAS FACULTADES DE
PREGUNTAR
2. LIMITACIONES A LAS FACULTADES DE PREGUNTAR CONTENIDAS
EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL CHILENO
3. TIPOS DE PREGUNTAS OBJETABLES EN EL NUEVO SISTEMA PROCESAL
PENAL
3.1. PREGUNTAS SUGESTIVAS
3.2. PREGUNTAS CAPCIOSAS O ENGAÑOSAS
3.3. PREGUNTAS DESTINADAS A COACCIONAR ILEGÍTIMAMENTE
3.4. PREGUNTAS FORMULADAS EN TÉRMINOS POCO CLAROS
(PREGUNTAS CONFUSAS, AMBIGUAS O VAGAS)
3.5. PREGUNTAS IMPERTINENTES O IRRELEVANTES
3.6. OTRAS OBJECIONES POSIBLES
4. ASPECTOS PROCEDIMENTALES EN LA FORMULACIÓN, RESOLUCIÓN
Y DEBATE DE LAS OBJECIONES
5. LA PRESENTACIÓN DE UNA OBJECIÓN TAMBIÉN ES UNA DECISIÓN
ESTRATÉGICAS
Capítulo VI Uso en juicio de declaraciones previas
INTRODUCCIÓN
1. ¿QUÉ CONSTITUYE UNA DECLARACIÓN PREVIA?
2. EL USO DE DECLARACIONES PREVIAS PARA REFRESCAR LA MEMORIA
3. EL USO DE LAS DECLARACIONES PREVIAS PARA MANIFESTAR
INCONSISTENCIAS
Capítulo VII Prueba material (Objetos y Documentos)
INTRODUCCIÓN
1. LA LÓGICA DE LA DESCONFIANZA
2. LA LÓGICA DEL SENTIDO COMÚN
3. LA PRUEBA MATERIAL EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL
4. ACREDITACIÓN
4.1. OBJETOS
4.2. DOCUMENTOS
4.3. ACREDITACIÓN DE LA PRUEBA DOCUMENTAL
5. PRUEBA “REAL” Y PRUEBA “DEMOSTRATIVA”
Capítulo VIII Examen y Contraexamen de peritos y testigos expertos
INTRODUCCIÓN
1. DEFINICIONES BÁSICAS Y OBJETO DE LA DECLARACIÓN DE EXPERTOS
1.1. ¿QUIÉNES SON LOS PERITOS Y LOS TESTIGOS EXPERTOS?
1.2. OBJETO DEL TESTIMONIO DE EXPERTOS
2. CUESTIONES NORMATIVAS Y DE LÓGICA DEL SISTEMA RELEVANTES
PARA EL EXAMEN Y CONTRAEXAMEN DE PERITOS Y TESTIGOS
3. TEMAS RELEVANTES PARA LA PRESENTACIÓN Y EXAMEN DIRECTO DE
PERITOS
3.1. UN PROBLEMA: LA DECLARACIÓN ESPONTÁNEA INICIAL
3.2. SELECCIÓN DEL EXPERTO Y SU ACREDITACIÓN EN EL EXAMEN
DIRECTO
3.3. LA ORGANIZACIÓN DEL RELATO
3.4. ATENCIÓN CON EL USO DEL LENGUAJE ESPECIALIZADO
3.5. HECHOS E HIPÓTESIS
3.6. CONTROL, CONTROL Y MÁS CONTROL
4. EL CONTRAEXAMEN DE PERITOS Y TESTIGOS EXPERTOS
4.1. PRIMERA LÍNEA: “INTERÉS”
4.2. SEGUNDA LÍNEA: “EL PERITO NO ES EL EXPERTO QUE DICE SER”
4.3. TERCERA LÍNEA: “EL PERITO NO PUEDE AFIRMAR CON CERTEZA
LO QUE DICE”
4.4. CUARTA LÍNEA: “ESTE PERITO NO ESTÁ SIENDO FIEL A SU PROPIA
CIENCIA”
5. EL USO DEL INFORME PERICIAL
Capítulo IX El Alegato de la apertura
INTRODUCCIÓN
1. LA REGULACIÓN NORMATIVA EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL
2. LOS “NO” DEL ALEGATO DE LA APERTURA
2.1. EL ALEGATO DE APERTURA NO ES UN PURO EJERCICIO
DE RETÓRICA U ORATORIA
2.2. EL ALEGATO DE APERTURA NO ES UN ALEGATO POLÍTICO NI
EMOCIONAL
2.3. EL ALEGATO DE APERTURA NO ES UN EJERCICIO
ARGUMENTATIVO
2.4. EL ALEGATO DE APERTURA NO ES UNA INSTANCIA PARA DAR
OPINIONES PERSONALES
3. ASPECTOS ESTRATÉGICOS A CONSIDERAR EN LA ESTRUCTURACIÓN DE
UN ALEGATO DE APERTURA
3.1. LOS JUECES NO CONOCEN EL CASO
3.2. LA CREDIBILIDAD SE CONSTRUYE A PARTIR DEL ALEGATO DE
APERTURA
4. ASPECTOS ESPECÍFICOS PARA LA ESTRUCTURACIÓN DE UN ALEGATO
DE APERTURA
4.1. PRESENTACIÓN DE HECHOS Y NO DE CONCLUSIONES
4.2. LA EXTENSIÓN DEL ALEGATO
4.3. SIN OPINIONES PERSONALES
4.4. CUIDADO CON EXAGERAR LA PRUEBA
4.5. ANTICIPAR LAS PROPIAS DEBILIDADES Y EXPLICARLAS
RAZONABLEMENTE
4.6. CUIDADO CON LOS DETALLES
4.7. LA IMPORTANCIA DE PERSONALIZAR (HUMANIZAR) EL
CONFLICTO: EL “TEMA”
5. ALGUNOS COMPONENTES DEL ALEGATO DE APERTURA
5.1. INTRODUCCIÓN
5.2. IDENTIFICACIÓN DE LOS PRINCIPALES INTERVINIENTES EN EL
CASO
5.3. ESCENA
5.4. BASES PARA LA ABSOLUCIÓN O CONDENA: EL DERECHO
Capítulo X El alegato final
1. ARMAR EL ROMPECABEZAS, ESPECÍFICO Y CONCRETO
2. CLARO Y DIRECTO
3. CONTENIDO DEL ALEGATO FINAL
3.1. TEORÍA DEL CASO
3.2. CREDIBILIDAD Y ARGUMENTATIVIDAD
4. LA SUFICIENCIA JURÍDICA Y EL DERECHO
5. ESTRUCTURA
5.1. ESTRUCTURA TEMÁTICA
5.2. ESTRUCTURA CRONOLÓGICA
5.3. EL ALEGATO “RELACIÓN” O “LISTA DE TESTIGOS”
6. UNA HISTORIA PERSUASIVA
7. EL RESUMEN DE TODO: EL ALEGATO COMO SENTENCIA


Presentación de Alberto Binder
El juicio oral y público que tan trabajosamente vamos estableciendo y aceptando en
América Latina no es un simple “artificio” procesal. Su naturaleza y fuerza institucional
proviene de su estrecha vinculación con la dinámica del conflicto, con la ineludible
inserción social de ese conflicto y con las finalidades políticas de la administración de
justicia, vinculadas a la disminución de la violencia y el abuso de poder. Cuando decimos,
con fórmula sintética, que el “litigio es un conflicto formalizado” nos referimos a este
vínculo profundo entre las formas del juicio y la vida social. De ese vínculo surge una
forma de transitar por el juicio oral que tampoco es artificial, sino que está conectada a las
mismas características del conflicto y las necesidades de institucionalizarlo. A ese tránsito,
que tiene sus reglas, sus habilidades, su saber, sus compromisos políticos y su ética lo
llamamos “litigar” y, posiblemente, junto con la capacidad de darle formas seguras a las
múltiples variedades de la cooperación humana, litigar constituye el núcleo del “arte de la
abogacía”.
Este “manual de litigación” que nos presentan remozado Mauricio Duce y Andrés
Baytelman, ahora enriquecido con la experiencia docente de los últimos años, desarrollada
en varios países de nuestra región, no es, en consecuencia, un libro auxiliar, es decir, para
clínicas, “prácticas” o cursos complementarios, sino un manual para el aprendizaje de la
abogacía. Esta frase parece de circunstancia y por eso necesita una mejor justificación. En
el estado actual de la literatura jurídica y, más aún, en la literatura dedicada a la enseñanza
del derecho, un libro que se limitara a exponer teorías, conceptos, historias, no necesita
justificación. Menos aún necesitan justificación esos libros que apenas superan el simple
relato de lo que dicen las leyes o hacen sinopsis del pensamiento de autores, aun de fácil
lectura o disponibilidad. Esos son “textos de enseñanza” que admitimos y hacemos circular
sin mayor cuestionamiento. Es francamente dudosa la utilidad para el estudiante de muchos
de esos libros que hoy llenan los escaparates de las librerías universitarias. Lo que ocurre es
que responden a los dos mayores vicios de la enseñanza actual del derecho: por un lado, el
“saber forense”, entendido como el conocimiento de los trámites elementales del
procurador, no ya del abogado; por el otro, el “conceptualismo”, es decir, una forma
escolástica que confunde el derecho positivo con el derecho profesoral y entiende que la
tarea más noble (y teórica-mente más fecunda) es rebatir teorías de otros profesores e
inventar clasificaciones hasta donde el juego de la lógica lo permita.
El saber jurídico que trasmite esa literatura de enseñanza no solo es pobre, sino que le hace
mucho daño a nuestros países. Gracias a ella nuestras universidades perpetúan una
ideología del Derecho al servicio de sistemas judiciales autonomizados de sus finalidades
sociales, incomprensibles para la ciudadanía, atrapados por la cultura inquisitorial y poco
eficaz para cumplir las más elementales tareas políticas. Todo ello en desmedro del imperio
de la ley y de la fortaleza de nuestras instituciones. Creo que pocas veces como en el
presente se ha puesto en evidencia la profunda contradicción de nuestra cultura jurídica con
las necesidades sociales de seguridad, consolidación institucional, creatividad jurídica e
igualdad social.
En este libro el alumno podrá descubrir los vínculos profundos que existen entre el saber
práctico de la abogacía y sus más importantes funciones sociales. Aprender a trabajar en
sistemas adversariales significa, nada más y nada menos que, fortalecer la capacidad del
sistema judicial de reconocer los intereses de las partes y, en este sentido, “humanizarlo”.
Significa también conectar muchos de los principios fundamentales de defensa de la
persona con herramientas concretas y eficaces. La declamación solo realza la poesía. La
declamación de principios que no se respaldan en herramientas de trabajo solo puede
satisfacer a un narcisismo de lo “correcto” que degrada la lucha y la idea de la dignidad
humana.
Si el conflicto es un juego de intereses que no se resuelven en armonía, el juicio deberá ser
una estrategia para lograr que alguno de esos intereses triunfe. Esta idea que parece
meramente utilitaria es mucho más respetuosa de la persona humana que aquella que
pretende que todos los intereses en conflicto deban ser subordinados a ideas abstractas de
“verdad” o “justicia” que normalmente esconden la ideología de los jueces o la vana
pretensión de su superioridad moral. Aprender a litigar es aprender a controlar la prueba y
en esa actividad se resume buena parte de las garantías judiciales que hoy conforman uno
de los núcleos más importantes de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos. Hace
tiempo nos advirtió Ihering: “La finalidad del derecho es la paz, el medio para ello es la
lucha”. Si lográramos que la lucha por el Derecho se desarrolle en la sala de audiencia, ese
pequeño espacio de civilidad que todavía nos resistimos a respetar y custodiar como el
centro de la abogacía, seguramente haríamos avanzar nuestra cultura jurídica mucho más
allá que cientos de tratados enjundiosos. Este manual solo tiene sentido si existen “salas de
audiencia” y por ello es un libro “estrictamente jurídico”.
Ojalá que el empeño de Duce y Baytelman se extienda por toda nuestra América Latina y
que la esforzada reforma de nuestros sistemas de justicia penal vaya ingresando a golpes de
buena enseñanza en nuestras Escuelas de Derecho, atrapadas cómodamente en un “sopor
dogmático” o en un “ritual de repetición” que les permite sobrevivir sin traumas en medio
de la crisis de legalidad y de la sinrazón jurídica.
Alberto M. Binder
Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales
(INECIP)


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ENSAYOS JURÍDICOS



 
 
 
 
 
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Trabajo de Investigación

"Poder Judicial de Baja Californria, Reforma Legal y Normativa"

Por M.D. Elvira Guadalupe Vázquez López
Profesionista Especializado del Instituto de la Judicatura
 
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"Responsabilidad patrimonial del Estado, su impacto en el Poder Judicial de Baja California"

Por Mtro. Rubén Amaya Coronado
Investigador del Instituto de la Judicatura
 
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Trabajo de Investigación
"Organización, funcionamiento y normatividad de los juzgados de garantía y del tribunal de justicia oral del Poder Judicial del Estado de Baja California"

Por M.D. Miguel Armando Pérez Aguilera
Investigador del Instituto de la Judicatura
 
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"Transparencia y Acceso a la Información Pública, autonomía de los Órganos Garantes en el Poder Judicial del Estado de Baja California"

Por Lic. Nancy Rivas Landeros
Coordinadora en funciones de Investigador
 
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Trabajo de Investigación
"Organización, funcionamiento y normatividad del Centro Estatal de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado de Baja California"

Por Mtra. Ofelia María Cervantes Sánchez
Profesionista Especializada del Instituto de la Judicatura


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GACETA JUDICIAL, REFORMAS AL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL

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COLEGIO DE ABOGADOS